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      CommentAuthorTili
    • CommentTimeJul 2nd 2008
     # 1
    Hola gente, les cuento que estoy suscripto a WIPO Domain Name Decisions los que me envían todas las decisiones de las demandas de dominios, vi en esta particularmente dos puntos que me parecieron importantes para comentar, que por pedido del demandante... "En respuesta a una prevención del Centro en el sentido de que la Demanda no fue redactada en inglés, que es el idioma del contrato registro del nombre de dominio en cuestión, el Demandante presentó una promoción con fecha 2 de mayo de 2008 solicitando al Grupo Administrativo de Expertos por designarse, que el idioma del procedimiento fuera el español."

    y .. algo tmb interesante..

    "4. Antecedentes de Hecho

    El Demandante es una compañía mexicana que se dedica desde hace más de sesenta años a la fabricación y venta de brochas, cepillos, pinceles, rodillos, cardas y demás implementos para pintura tanto de tipo doméstico como industrial.

    Para distinguir sus productos en el mercado, el Demandante tiene registrada la marca G.R. PERFEC y Diseño ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) desde 1999 en la clase 16 internacional con relación a materiales para pintores, en particular brochas, pinceles y rodillos, mismos que publicita mediante su sitio de Internet bajo el nombre de dominio .

    El nombre de dominio en conflicto fue registrado el 10 de julio de 2004 por MJ Holdings Mauricio Schwartz, quien a su vez aparentemente lo cedió o puso a nombre del Demandado el 4 de enero de 2008. El Portal adscrito al nombre de dominio en cuestión se ha venido utilizando para mostrar muy diversas categorías de información, desde viajes hasta computadoras portátiles pasando por descargas de música o búsqueda de pareja, a cuyos sitios de Internet refiere.

    Al percatarse del registro de y considerarlo una usurpación a su dominio .MX, el Demandante se puso en contacto por correo electrónico con el señor Mauricio Schwartz, a quien conocía por tratarse de su competidor ByP (Brochas y Productos), para inconformarse de una medida que calificó de poco ética y contraria al acuerdo de las partes de dar por concluidos los litigios ante el IMPI que habían sostenido tiempo atrás, por lo que le solicitó la devolución voluntaria del nombre de dominio en litigio.

    Más de dos meses después de intercambiar mensajes vía electrónica con el Demandante sobre el particular, el señor Mauricio Schwartz manifestó que había “soltado el site” a otra persona, ante lo cual la Demandante inició el procedimiento administrativo en contra del Demandado, que a partir de ese momento ha venido figurando como registrante del nombre de dominio en controversia.

    salteando partes.. sigue..

    B. Demandado

    El Demandado no contestó la Demanda, dejando así de oponer las excepciones y defensas que a su derecho conviniere.

    ... y por último..

    7. Decisión

    Por lo expuesto y fundado anteriormente, este Experto resuelve... adivinarás? :eyebrows:



    aqui el desenlace.. :cata:

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      CommentAuthorTili
    • CommentTimeJul 2nd 2008
     # 2
    no me salió el link!! :confuso:

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      CommentAuthorTili
    • CommentTimeJul 2nd 2008 editado
     # 3
  1.  # 4
    :komete4::komete4:Domains-for-sale: PrivateEuro.com PagoAbierto.com TierraRaras.com AISmallBusiness.com TarjetaEuro.com
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      CommentAuthorTili
    • CommentTimeJul 3rd 2008
     # 5
    Será mejor no contestar?? :eyebrows: