Hace tiempo que no me pasaba por aquí! Un saludo a tod@s!!! os dejo una decisión de la OMPI que me parece acertada:
La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, que ya perdió un procedimiento extrajudicial por el nombre de dominio “saludmadrid.biz”, presentó demanda de procedimiento extrajudicial para la resolución de conflictos en materia de nombres de dominio contra un ciudadano de los EEUU titular del nombre de dominio “saludmadrid.com”. La demanda ha sido rechazada por no cumplirse el tercero de los requisitos necesarios para que prospere, en este caso, no se ha podido demostrar la mala fe del demandado en el registro del nombre de dominio. Lo más relevante para la decisión del caso ha sido el tiempo transcurrido entre el registro del dominio y el registro de la marca, incluyendo también la antelación existente entre el registro del dominio y la creación del organismo que usa la marca.