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    • CommentAuthorMilesTeg
    • CommentTimeNov 30th 2009 editado
     # 1
    RT @latinoamericann Apruebanse las Reglas para el Registro de Nombre de Dominio bajo el .ar. Resolucion 654/2009-MRECIC. Pagina 10. http://www.boletinoficial.gov.ar/DisplayPdf.aspx?s=01&f=20091130

    nota de moderación: enlace editado. No se admiten acortadores de URLs en el foro. Movido a categoría "Noticias Domineras".
    • CommentAuthormatias722
    • CommentTimeNov 30th 2009
     # 2
    :komete4:
    •  
      CommentAuthordominotico
    • CommentTimeNov 30th 2009 editado
     # 3
    Despues de una ojeada rapida, me parece que no hay cambios sustanciales. Lo que hace la nueva Reglamentacion es incluir todas las modificatorias que hubo a lo largo de los años. Repito, solo una ojeada rapida...

    Editado: ya se puede leer la nueva Reglamentación (Resolucion Ministerial 654/2009) en el sitio de Nic Argentina, yendo a Normativa Vigente. Lo más novedoso sería que ahora Nic Argentina asume cierta capacidad de decision en casos de conflicto por un dominio, aunque la descripción del procedimiento es muy breve y algo confusa.
    •  
      CommentAuthordominotico
    • CommentTimeDec 1st 2009 editado
     # 4
    Para estrenar la nueva normativa, parece que hicieron fiesta... y se olvidaron del sitio... :cata3:

    Desde ayer empezaron los problemas en Nic.ar (aparentemente un CSS que se retobaba), y hoy el sitio está caído completamente, al menos a ratos... :bigsmile:
    •  
      CommentAuthorAlfredo
    • CommentTimeDec 1st 2009
     # 5
    Posted By: MilesTeghttp://www.boletinoficial.gov.ar/DisplayPdf.aspx?s=01&f=20091130


    Al entrar pone:
    Su sesión ha expirado. Necesita volver a loguearse para acceder al archivo deseado.


    Enlace alternativo: http://www.iurislex.com.ar/2009/11/30/resolucion-65409-mrecic.html

    :webmainer:The Best Is Yet To Come |Dominios para principiantes
    •  
      CommentAuthordominotico
    • CommentTimeDec 1st 2009
     # 6
    El enlace oficial citado por Nic.ar en su normativa:

    http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/160000-164999/160861/norma.htm
    •  
      CommentAuthordominotico
    • CommentTimeDec 11th 2009 editado
     # 7
    Bueno, parece que sigue el proceso de renovación y depuración en Nic.ar. Este texto apareció hoy en la portada:

    DICIEMBRE 2009

    IMPORTANTE

    NIC Argentina implementará durante 2010 un nuevo sistema de registro y administración de nombres de dominio. Por tal motivo, se informa que todas las Entidades Registrantes deberán regularizar sus datos registrales. Aquellas que al 1ro de marzo de 2010 no hayan regularizado sus datos registrales serán dadas de baja al igual que los dominios que estuvieran registrados a su nombre.

    DATOS REGISTRALES (Domicilio, Teléfono, etc.)
    Estos datos deben estar actualizados dado que la falsedad o inexactitud de los mismos puede derivar en la pérdida de nombres de dominio y/o bajas de Entidades Registrantes.


    CORREO ELECTRÓNICO
    Es obligatorio para todas las Entidades tener asociada una dirección de correo electrónico válida y que se encuentre activa. Por tal motivo, se recuerda a quienes aún no hayan inscripto su correo electrónico, que deberán hacerlo con anterioridad al 01/03/2010 ya que, de no ser así, la Entidad será dada de baja junto con los dominios que estuvieran registrados a su nombre.

    CUIT / DNI
    Es obligatorio para todas las Entidades registrar su CUIT, CUIL o DNI. Debido a ello, se recuerda a quienes aún no lo hayan registrado, que deberán hacerlo con anterioridad al 01/03/2010 ya que, de no ser así, la Entidad será dada de baja junto con los dominios que estuvieran registrados a su nombre.


    :confuso: :silbo: :cata3:

    Al menos parece que tenemos dos meses y medio para "actualizar" los datos de las Entidades. Pienso que para los domainers es tiempo de sobra. No estoy tan seguro si los usuarios comunes verán el aviso ... etc. :que:
  1.  # 8
    Lo de siempre que siempre y cuando siga sin control será lo mismo que haya reglas ó que no las haya...:crazy: Cada vez veo más registros en el cual Madrid, Montevideo, etc. forman parte de Argentina...:cata3:
    •  
      CommentAuthordominotico
    • CommentTimeDec 11th 2009 editado
     # 9
    Posted By: Stamati venturesCada vez veo más registros en el cualMadrid, Montevideo, etc. forman parte de Argentina

    Tambien se ve muy seguido que Entidades extranjeras ponen la misma direccion en los datos de su pais y en su direccion en Argentina. En esta ultima solo aparece alguna provincia de Argentina, porque el formulario lo impone.

    Eso solo indica que no hay - ni hubo nunca - ningun control (ni humano ni automatico). Y despues de años sin controlar, y de acostumbrar a los usuarios a esta clase de servicio, se acuerdan de que hay que poner orden... jajaja :meparto:
    • CommentAuthorHabanero
    • CommentTimeDec 12th 2009
     # 10
    Escribo acá para no hacer lío con los temas de NIC.ar:

    Primero un poco de catarsis: Me rechazaron 5 dominios hoy porque estaba en el limite, tres creo que los recupero (con otra entidad) porque no tenían otras solicitudes pendientes... Los otros dos, ya fueron me parece, son idn y tienen solicitudes de agosto y septiembre, con lo que intuyo, fueron de los primeros en rechazar y se pusieron de nuevo en la fila con otra entidad... Para colmo, yo estuve dando de baja un par, porque me imaginaba, pero no me dio tiempo, NIC.ar me tramitó primero el Rechazo de los tramites pendientes y aun (4 días después) no me tramita la baja. Ya hice el reclamo vía email, indicándoles que debieron procesar antes la baja, pero tengo pocas esperanzas. Me da bronca que en ese dominio mi trámite era el siguiente y ahora estoy en la 4to en la fila... pero me tengo que joder por pelotudo y no haber previsto esto con anticipación, en fin...tengo una bronca que no les puedo contar... compensa un poco que hace unos días me cayó del cielo cachaça.com.ar y que bueno, debe ser alguna especie de equilibrio universal... en fin...

    Segundo, y volviendo al tema que nos ocupa, ojo con las entidades que tienen mails en lugar del telefono o en lugar del horario de contacto. me da la impresión que se van a poner muy quisquillosos con el tema de los datos del who is. Por otro lado, pensarán rediseñar la pagina? o la interfaz nueva la haran sobre el diseño actual?

    Tercero, revisando las normativas me encontré con esto... ¿es nuevo o siempre estuvo ahi?


    Saludos

    H.
    • CommentAuthorHabanero
    • CommentTimeDec 13th 2009 editado
     # 11
    perdon, me hice lio con los susurros


    H.
    •  
      CommentAuthordominotico
    • CommentTimeDec 15th 2009 editado
     # 12
    Después de leer la nueva Reglamentacion en Nic-ar, especialmente sobre la nueva capacidad para decidir en casos conflictivos (cito el texto y la Preguntas mas abajo), me queda una duda.

    Aparentemente Nic-ar podría en adelante decidir si una persona fisica o juridica tiene mejor derecho ó no sobre un dominio ya registrado en los siguientes casos: un dominio que coincide con el nombre y apellido de otro, ó que coincide con el nombre de una marca registrada, ó que coincide con el nombre de una empresa/fundación/organización. Luego de examinar el caso y los argumentos de ambas partes, decidiría a quien debe pertenecer, o si no logra decidirlo, dejara que ambos lo arreglen de otra manera.

    Pero hay un tema que no se toca, y que es muy frecuentemente cuestion de litigios en la OMPI-WIPO: el de los "typos", dominios parecidos, con errores de tipeo, etc. ¿Podrán ó no hacerse presentaciones por estos dominios? :que:

    ¿Alguien puede decirnos algo? Queda planteado el tema, abajo todo el material citado.

    Texto de la llamada Regla 11:

    NIC Argentina se encuentra facultada para revocar el registro de un nombre de dominio en caso que el mismo afecte los derechos subjetivos de un tercero.

    La persona física o jurídica que pretenda la revocación de un nombre de dominio registrado deberá acreditar fundadamente su mejor derecho, pudiendo NIC Argentina solicitar cualquier otro medio de prueba que estime necesario a efectos de resolver su procedencia.

    Ante varios reclamos debidamente acreditados sobre un mismo nombre de dominio, el formalizado en primer término gozará de preferencia en el registro.

    NIC Argentina analizará el reclamo y, en caso de considerarlo verosimil, informará respecto del mismo, vía correo electrónico, a la entidad registrante del nombre de dominio en disputa y detallará la documentación acreditante adjuntada. La entidad registrante del dominio deberá acusar recibo de dicha comunicación por la misma vía y emitir su descargo en un plazo no mayor a DIEZ (10) días hábiles administrativos. En él, deberá ofrecer la prueba que estime pertinente a efectos de establecer su derecho al uso del nombre disputado.

    En caso que NIC Argentina no pueda determinar a quién asiste mejor derecho, informará tal temperamento, vía correo electrónico, tanto al reclamante como a la entidad registrante del dominio, en cuyo caso las partes deberán resolver la disputa por la vía que estimen corresponder.


    Preguntas Frecuentes acerca de la Regla 11

    ¿Qué tipo de nota debo remitir a efectos de iniciar el trámite de solicitud de revocación de un nombre de domino por la Regla 11?
    La nota, en general, debe contener el pedido formal del registro del domino, fundamentos de la solicitud, pruebas, datos de contacto (es imprescindible informar una dirección de correo electrónico) firma y personería, certificadas por escribano público.

    ¿Qué documentación debería adjuntar a mi nota de reclamo por Regla 11 a fin de acreditar mi mejor derecho sobre un nombre de dominio que coincide con mi nombre y apellido?
    Puede adjuntar, por ejemplo, una fotocopia certificada de las dos primeras hojas de su DNI, su partida de nacimiento, etc.

    ¿Qué documentación debería adjuntar a mi nota de reclamo por Regla 11 a fin de acreditar mi mejor derecho sobre un nombre de dominio que coincide con mi marca registrada?
    Puede adjuntar fotocopia certificada de su título marcario vigente.

    ¿Qué documentación debería adjuntar a mi nota de reclamo por Regla 11 a fin de acreditar mi mejor derecho sobre un nombre de dominio que coincide con el nombre de mi empresa/fundación/organización?
    Puede adjuntar fotocopia certificada de la constancia de inscripción de la persona jurídica en la IGJ o en el Registro Público de Comercio competente, entre otras.

    ¿Qué documentación debería adjuntar a mi nota de reclamo por Regla 11 a fin de acreditar mi mejor derecho sobre un nombre de dominio que coincide con mi nombre y apellido de casada?
    Puede adjuntar fotocopia certificada de las dos primeras hojas de su DNI y fotocopia de su partida de matrimonio.
    • CommentAuthorHabanero
    • CommentTimeDec 15th 2009
     # 13
    Calculo que dependerá del Typo y de la importancia que le de la empresa que presente o no el reclamo... no es lo mismo un wwwmarca que un mrca... en el primero es muy obvio, en el segundo no tanto... en mi opinión NIC.ar se va a pronunciar por lo obvio, y lo que este un poco en duda, lo dejaran en manos de la justicia... :dumb:

    A mi me preocupa mas que van a hacer con los genéricos sean simples o compuestos y las razones sociales o marcas (mas las primeras que acepta cualquier cosa) del estilo: Juegosdetalcosa.com.ar frente a Juegos de Tal Cosa SA. Aunque igual es aplicable también la respuesta de: Dependerá del genérico, pero a mi juicio el peligro es mas real, máxime si el dominio no esta desarrollado.


    Esperemos que hagan las cosas con sensatez, yo igual, auguro una avalancha de tramites por la regla 11

    Saludos

    H.
    •  
      CommentAuthordominotico
    • CommentTimeDec 15th 2009 editado
     # 14
    Pero qué significa "coincidir con una marca registrada", en la tercera Pregunta Frecuente citada arriba. ¿Se refiere solamente a una coincidencia exacta, o se puede interpretar tambien como "parecida" o "similar", etc...? :que:
    •  
      CommentAuthordominotico
    • CommentTimeDec 16th 2009 editado
     # 15
    Bueno, acaba de aparecer este aviso de trabajo en la home de Nic.ar. Buscan gente para Atencion al Cliente con experiencia en Call Centers...

    O sea, estarían contratando gente para que atienda las infinitas preguntas, quejas, reclamos, etc... que comenzaran a llegar a raiz de la nueva Reglamentación y el nuevo servicio de resolución de litigios... :meparto:

    Entre los requisitos, no piden ningun conocimiento de internet o dominios... :que:

    NIC Argentina busca operadores de Atención al Usuario.

    La búsqueda está orientada a personas con experiencia en atención y servicios al usuario, de excelente trato, responsables, dinámicas y proactivas.

    - Sexo indistinto.
    - Experiencia acreditada en Call Center
    - Edad entre 20 y 40 años.

    Serán sus tareas:

    - Atención telefónica al usuario.
    - Gestiones operativas y administrativas.

    Son requisitos, además:

    - Residir en Ciudad Autónoma de Buenos Aires (preferentemente).
    - Secundario completo.
    - Muy buena dicción y expresión oral y escrita (redacción y ortografía).
    - Disponibilidad horaria: lunes a viernes de 8 a 18 hs.


    Creo que es una excelente oportunidad para infiltrar uno o varios domainers.. quién se ofrece? :eyebrows: :dumb: :webmainer:
  2.  # 16
    Posted By: dominoticoCreo que es una excelente oportunidad para infiltrar uno o varios domainers.. quién se ofrece? :eyebrows: :dumb: :webmainer:
    :susurro: Matias...
    • CommentAuthorepsilon
    • CommentTimeDec 16th 2009
     # 17
    No te preocupes que los infiltrados son los que no son domainers y si trabajas ahi y queres quedarte con algo primero tenes que pedir permiso a tu superior por si a el tambien le interesa.Disclaimer: Por lo menos así lo veo yo.
  3.  # 18
    Eso que escribes lo hacen en el aeropuerto de Ezeiza. Al poco tiempo desde que comenzás a trabajar; tu superior te pregunta quiénes son los que roban valijas. Si los delatás, te despiden. Si no lo haces, sigues trabajando...
    • CommentAuthormatias722
    • CommentTimeDec 17th 2009
     # 19
    ya mande el curriculum de 4 amigos ajjajajaja
    •  
      CommentAuthordominotico
    • CommentTimeDec 18th 2009
     # 20
    En la portada de Nic-ar modificaron un aviso puesto hace unos días. Lo vuelvo a copiar completo, marcando el agregado, porque pienso que puede interesar especialmente a domainers:

    IMPORTANTE

    NIC Argentina implementará durante 2010 un nuevo sistema de registro y administración de nombres de dominio. Por tal motivo, se informa que todas las Entidades Registrantes deberán regularizar sus datos registrales. Aquellas que al 1ro de marzo de 2010 no hayan regularizado sus datos registrales serán dadas de baja al igual que los dominios que estuvieran registrados a su nombre.

    DATOS REGISTRALES – ACTUALIZACIÓN (Domicilio, Teléfono, etc.)
    Estos datos deben estar "actualizados" dado que la falsedad o inexactitud de los mismos puede derivar en la pérdida de nombres de dominio y/o bajas de Entidades Registrantes.

    DATOS REGISTRALES – REGULARIZACIÓN (Nombre de fantasía, datos duplicados, etc.)
    Los datos registrales de las Entidades Registrantes deben corresponder a Personas Físicas y/o Jurídicas reales. Por tal motivo aquellas Entidades que estén registradas con nombres de fantasía, razones sociales inexistentes, datos desactualizados, entidades duplicadas, etc. deberán regularizar su situación, pues, de lo contrario, podría derivar en la pérdida de nombres de dominio y/o bajas de Entidades Registrantes.


    CORREO ELECTRÓNICO
    Es obligatorio para todas las Entidades tener asociada una dirección de correo electrónico válida y que se encuentre activa. Por tal motivo, se recuerda a quienes aún no hayan inscripto su correo electrónico, que deberán hacerlo con anterioridad al 01/03/2010 ya que, de no ser así, la Entidad será dada de baja junto con los dominios que estuvieran registrados a su nombre.

    CUIT / DNI
    Es obligatorio para todas las Entidades registrar su CUIT, CUIL o DNI. Debido a ello, se recuerda a quienes aún no lo hayan registrado, que deberán hacerlo con anterioridad al 01/03/2010 ya que, de no ser así, la Entidad será dada de baja junto con los dominios que estuvieran registrados a su nombre.